La fiscalía acusa a Ollanta Humala, a su esposa Nadine Heredia y otros del delito de lavado de activos porque supuestamente recibieron dineros del ex presidente venezolano Hugo Chávez y de la empresa constructora Odebrecht para las campañas electorales del 2006 y 2011.
Sin embargo, como explica la abogada y periodista Rosa María Palacios, este delito no aplica. ¿Por qué? Aquí se lo vamos a explicar brevemente.
1.- Como verá en el siguiente video para que haya delito de lavado de activos, tiene que haber un delito fuente, como narcotráfico, minería ilegal, contrabando, cohecho (coimas).
2.- Para calificar como delito de lavado de activos se configura todo un circuito entre quien comete el delito fuente (el mafioso) y su testaferro (lavador) quien oculta, transforma el dinero ilegal y lo introduce al circuito comercial y financiero legal, y aquí lo más importante, para retornar dinero limpio al mafioso.
3.- Además, la ley exige que el testaferro tenga conocimiento o por lo menos presuma la ilicitud del dinero. En el caso de Odebrecht, para 2010, 2011, la empresa era solvente y tenía un prestigio consolidado. Ver el siguiente video.
Entonces, la fiscalía tiene que demostrar que hay procedencia ilícita del dinero, que supuestos receptores sabían de origen ilegal, que hubo dolo, y por último que la organización o el mafioso recibieron una retribución por su dinero. Nada de esto hay en el caso del ex presidente Ollanta Humala, Nadine Heredia y demás investigados
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